A partir de las 10 horas de este miércoles 12 de febrero, Diputados sesionará para debatir el proyecto de ficha limpia; la iniciativa, que apunta a prohibir que personas condenadas por corrupción, como el caso de Cristina Kirchner, puedan ser candidatas a cargos nacionales, ya recibió dictamen de comisiones, pero en total hubo seis despechos.
De cara a la discusión en el recinto, La Libertad Avanza deberá atender pedidos de modificaciones de bloques dialoguistas; al tratarse de una cuestión electoral, el texto requerirá de una mayoría absoluta de 129 votos para ser aprobado.
El proyecto de ficha limpia se trata de un tema motorizado con fuerza hace largo tiempo por el Pro y que se había frustrado en el cierre del período ordinario en noviembre pasado, cuando hubo dos convocatorias a sesión que no reunieron quórum y con el dato de que en la última faltó un número importante de legisladores de LLA.
En la nueva redacción se propone que ninguna persona condenada por delitos de corrupción en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año previo al proceso electoral, podrá presentarse como candidato a elecciones.
De aprobarse, esto afectaría, puntualmente, a la ex presidente y titular del PJ Nacional Cristina Kirchner, quien el 13 de noviembre pasado recibió la confirmación de su condena por administración fraudulenta en la causa Vialidad.
En la iniciativa se indica que la prohibición de candidatearse correrá "únicamente en los casos en que la condena impuesta hubiera sido confirmada en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral, en la que se hubiera confirmado la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la sentencia de primera instancia, aunque modifique la pena impuesta".
Mientras que "en caso de una condena confirmada en segunda instancia dictada con posterioridad al 1° de enero del año en que se llevaren a cabo las elecciones, el supuesto tendrá efecto a partir de la finalización de dicho proceso electoral".
A su vez, la Cámara Nacional Electoral deberá llevar "un Registro Público de Ficha Limpia en donde constarán las sentencias de segunda instancia que sean confirmatorias de la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la condena de primera instancia, sus eventuales revocaciones y los datos identificatorios de las personas alcanzadas por dichas sentencias".
Fuente: parlamentario.com
wdm.
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